CONSEJOS PRÀCTIOS
Guía « Implantarse en Francia »
A la hora de implantarse en el extranjero, siempre surgen dudas sobre, por ejemplo, qué tipo de estructura escoger para llevar a cabo una actividad comercial en dicho país o las consecuencias fiscales de esta implantación.
A continuación, respondemos a algunas de las preguntas más frecuentes en el marco de un desarrollo comercial en Francia, aunque cabe señalar que, previamente al lanzamiento de su proyecto en nuestro país, se recomienda el asesoramiento de un profesional que tenga en cuenta los elementos específicos de su actividad.
¿Cómo implantar su empresa en francia?
Las empresas extranjeras que deseen comercializar sus productos o servicios en Francia disponen de varios métodos de implantación.
Pueden crear una estructura comercial estable (de tipo sucursal o filial) o pueden “explorar el mercado” a través de una estructura más ligera, como el “Bureau de Liaison” (Oficina de enlace).
LA OFICINA DE ENLACE
La oficina de enlace no puede ejercer una actividad comercial, ya que el objeto de ésta se
limita a una actividad de simple búsqueda o suministro de informaciones técnicas y tarifarias, es decir, preparar los contratos comerciales entre los clientes y la sociedad matriz extranjera. En ningún caso, la oficina de enlace puede firmar contratos o emitir facturas en nombre de la
matriz. Se desprende de la ausencia de actividad comercial que la oficina de enlace no está sujeta al impuesto de sociedades ni al IVA. El representante de la oficina, que deberá residir en Francia, si no es nacional de la Unión Europea, deberá obtener un permiso de residencia.
No tiene personalidad jurídica y, por consiguiente, no está obligada a inscribirse al Registro Mercantil. Así, si se desea, se puede realizar una simple declaración de existencia a la Cámara de Comercio de la región en la que la oficina vaya instalarse. Este trámite le permitirá obtener un número de identificación SIREN/SIRET (equivalente al nº NIF/CIF español) que servirá para comunicar con la administración en el marco de obligaciones fiscales y sociales de la oficina
(por ejemplo, con la seguridad social o la dirección general laboral para las cuestiones relativas a los trabajadores de la oficina).
Sin embargo, puede resultar necesario, por ejemplo, para la apertura de una cuenta bancaria en Francia, disponer de una ficha del Registro Mercantil. En este caso, se deberá realizar la inscripción al Registro Mercantil según el mismo proceso que debe seguirse para el registro de una sucursal.
LA SUCURSALO AGENCIA
Se considera que, aunque no tenga personalidad jurídica propia, la sucursal gestiona una empresa distinta de la sociedad matriz. Por consiguiente, a diferencia de la oficina de enlace, la sucursal:
- Puede ejercer una actividad comercial como lo haría una sociedad francesa (y por consiguiente, puede firmar contratos, emitir facturas, realizar importaciones, etc.).
- Tiene personalidad fiscal, y por consiguiente, está sujeta a los mismos impuestos que una sociedad francesa (Para más información sobre este tema, leer nuestro artículo “¿A qué obligaciones contables y fiscales está sujeta la sucursal de una sociedad extranjera en Francia?”).
- Debe inscribirse, obligatoriamente, al registro mercantil de la zona geográfica en la que se encuentre el establecimiento (Para más información sobre este tema, leer nuestro artículo “¿Cómo crear una sucursal de una sociedad extranjera en Francia?”).
Para la inscripción en el registro, la sociedad matriz deberá:
- Nombrar un representante legal de la sucursal en Francia.
Sobre las características del representante legal de la sucursal, no se exigen requisitos especiales. La matriz extranjera puede así nombrar como representante legal de la sucursal tanto un nacional francés como un extranjero, el cual no deberá residir necesariamente en Francia. Sin embargo, en el caso en que el representante de la sucursal no sea nacional/residente de un país miembro de la UE y tenga que residir en Francia, éste deberá solicitar un permiso de residencia temporal que lo autorice a ejercer una actividad comercial en Francia. - Obtener una dirección para la sucursal en Francia.
A este respecto, la ley francesa permite que se domicilie tanto en locales propios (por arrendamiento o compra) como en una empresa de domiciliación o directamente en el domicilio personal del representante legal de la sucursal.
LA FILIAL
Si se recurre a una filial para desarrollar su actividad en Francia se deberá crear una sociedad de derecho francés, jurídicamente independiente. La filial puede adoptar todas las formas jurídicas previstas por la legislación francesa : “Société à Responsabilité Limitée” o SARL (sociedad limitada), “Société Anonyme” o SA (sociedad anónima), “Société par Actions Simplifiée” o SAS (sociedad por acciones simplificada), Société en Commandite (sociedad comanditaria), etc.
Al tener personalidad jurídica propia, la filial puede contratar y gestionar los negocios en Francia en nombre propio. Además, estará sometida íntegramente al derecho fiscal francés.
Mayo de 2016
La finalidad de la presente nota es meramente informativa y no tiene en cuenta las particularidades que se pueden presentar en cada caso. Para una información completa y adaptada a su caso particular, se recomienda un asesoramiento profesional. Estamos a su disposición para aconsejarles jurídicamente y acompañarles en su proyecto específico de implantación o desarrollo de su actividad en Francia.
¿Cómo crear una sucursal de una sociedad extranjera en francia?
La finalidad de la presente nota es meramente informativa y no tiene en cuenta las particularidades que se pueden presentar en cada caso. Para una información completa y adaptada a su caso particular, se recomienda un asesoramiento profesional. Estamos a su disposición para aconsejarles jurídicamente y acompañarles en su proyecto específico de implantación o desarrollo de su actividad en Francia.
La solicitud deberá acompañarse de los documentos siguientes:
- Un formulario de solicitud debidamente cumplimentado con los datos relativos a la sociedad extranjera que crea la sucursal (forma jurídica, capital, actividades principales, datos de los socios y dirigentes, datos del representante en Francia).
- Dos copias de los estatutos de la sociedad extranjera.
- Un certificado del registro mercantil del país de origen de la sociedad extranjera u otro título oficial que justifique la existencia de la sociedad extranjera.
- Una copia del justificante de la dirección en la que se domiciliará la sucursal (contrato de alquiler, contrato de domiciliación, etc).
- Documentos relativos a la identidad y el poder de la persona que representará la sociedad extranjera en Francia:
– El acta de nominación del representante de la sucursal, si el representante en Francia no es un representante legal de la empresa de la matriz.
– La declaración jurada del representante de la sucursal relativa a la ausencia de condena o sanción civil o administrativa que le prohíba el ejercicio de una actividad comercial.
– Si el representante es nacional de un Estado Miembro de la Unión Europea, copia del DNI o del pasaporte en vigencia.
– Si el representante es nacional de un país tercero:- Si la persona reside en Francia, una copia del permiso de residencia temporal autorizándolo a ejercer una actividad profesional ;
- Si la persona no reside en Francia, una copia del DNI o del pasaporte en vigencia.
- En el caso en que el declarante de la inscripción no sea el representante de la sucursal, el poder habilitando dicha persona otorgado por un representante legal de la sociedad.
Una vez inscrito, el establecimiento permanente podrá cerrarse en cualquier momento a través de una simple solicitud al Registro Mercantil.
Mayo de 2016
La finalidad de la presente nota es meramente informativa y no tiene en cuenta las particularidades que se pueden presentar en cada caso. Para una información completa y adaptada a su caso particular, se recomienda un asesoramiento profesional. Estamos a su disposición para aconsejarles jurídicamente y acompañarles en su proyecto específico de implantación o desarrollo de su actividad en Francia.
¿A qué obligaciones contables y fiscales está sujeta la sucursal de una sociedad extranjera en francia?
Salvo disposición contraria de la convención fiscal internacional aplicable al caso, la sucursal de una sociedad extranjera en Francia está sujeta a todos los impuestos comerciales, al igual que una sociedad francesa y, por consiguiente, debe presentar anualmente a Hacienda una declaración de resultado.
De esta obligación de declaración de resultado se desprende directamente la obligación de llevar una contabilidad propia a la sucursal, aunque ésta no posea capital ni bienes específicos distintos a los de la sociedad matriz.
Sin embargo, la sucursal no está obligada a llevar una contabilidad según la ley francesa y puede, por consiguiente, llevarse según las reglas del país de la sociedad matriz. En cualquier caso, el beneficio imponible de la sucursal será calculado según unos principios específicos establecidos por la administración fiscal para los casos en que la actividad comercial se ejerce al mismo tiempo en Francia y en el extranjero.
Entre otros, los principales impuestos a los que está sujeta la sucursal de una sociedad extranjera son los siguientes:
EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
La tasa normal del impuesto de sociedades es del 33,3% del beneficio imponible.
Una tasa reducida de 15% existe para los contribuyentes que hayan realizado una cifra de negocios inferior a 7.630.000 € durante el ejercicio de imposición, y que cumplan los requisitos siguientes:
- El capital de la sociedad que desea beneficiar de la tasa reducida ha sido desembolsado en su totalidad;
- Como mínimo, el 75 % del capital de la sociedad pertenece a personas físicas o a otra
sociedad que cumple todos los requisitos anteriores (cifra de negocios inferior a 7.630.000 €, capital totalmente desembolsado y en manos de personas físicas, como el 75% del capital).
Sin embargo, cabe precisar que, en el caso de las sociedades extranjeras que ejercen una actividad en Francia, la cifra de negocios que tendrá en cuenta la administración fiscal será la generada por el conjunto de operaciones del grupo y no únicamente la cifra de negocios generada por la sucursal en Francia.
LA CONTRIBUCION ECONOMICA TERRITORIAL
La persona física o jurídica que por ejercer una actividad profesional no asalariada en Francia, esté sujeta al impuesto de sociedades o al impuesto sobre la renta, estará igualmente sujeta a la “Contribution Economique Territoriale” o CET, la cual se compone de:
- La “Cotisation Foncière des Entreprises” o CFE.
La base imponible de este impuesto es el valor estimado del alquiler del local1
utilizado por la empresa para el ejercicio de su actividad durante el periodo de referencia. Sin embargo, existe una exoneración total del impuesto, para los nuevos establecimientos, el año de su creación y una reducción de la base imponible de 50% el primer año de imposición, es decir, el segundo año siguiendo la creación.
La tasa aplicable dependerá del lugar en el que se encuentra el local, ya que el importe de la
tasa lo fijan los municipios.
En cualquier caso, todas las empresas contribuyentes deben pagar un importe mínimo de
CFE. Así, aunque la empresa esté simplemente domiciliada y, por consiguiente, no ocupe
ningún local, deberá pagar un importe mínimo de impuesto, determinado según la cifra de
negocios de la empresa, evaluada al nivel del grupo de sociedades.
- La “Cotisation sur la Valeur Ajoutée des Entreprises » o CVAE.
La empresa que genere una cifra de negocios superior a 152.500 euros, sin IVA, estará igualmente sujeta a la CVAE. La cifra de negocios se evalúa a nivel del grupo de sociedades y no del establecimiento.
La base imponible es el “valor añadido”, lo que es lo mismo, la cifra de negocios generada durante el periodo de referencia menos los “gastos imputables” (los cuales no incluyen el arrendamiento de un local, los gastos de personal ni los impuestos y tasas).
La tasa aplicable es progresiva en función de la cifra de negocios de la empresa. Esta puede ir de 0% para las empresas que generen una cifra de negocios inferior a 500.000 € hasta un máximo de 1,5 % para las empresas que superen una cifra de negocios anual de 50 millones de euros.
Para las empresas que tengan una cifra de negocios entre 152.000€ y 500.000 €, aunque se les aplique una tasa de 0%, se considera que están sujetas al impuesto, y por consiguiente, deben hacer la declaración correspondiente al impuesto.
LA CONTRIBUCION SOCIAL DE SOLIDARIDAD DE SOCIEDADES
Este impuesto que, probablemente se suprimirá en 2017, es exigible para las empresas que tengan una cifra de negocios anual superior a 19 millones de euros. La base imponible será entonces la cifra de negocios superior a 19 millones.
En el caso de la empresa extranjera, la cifra de negocios de referencia es la generada por la sucursal en Francia.
Mayo de 2016
La finalidad de la presente nota es meramente informativa y no tiene en cuenta las particularidades que se pueden presentar en cada caso. Para una información completa y adaptada a su caso particular, se recomienda un asesoramiento profesional. Estamos a su disposición para aconsejarles jurídicamente y acompañarles en su proyecto específico de implantación o desarrollo de su actividad en Francia.
¿Cómo desplazar a francia los trabajadores de una empresa extranjera?
Una empresa, con sede en el extranjero, puede desplazar de forma temporal sus trabajadores en Francia con vistas a ejecutar una misión o una prestación de servicios específica.
El desplazamiento de los trabajadores de la empresa extranjera podrá realizarse en dos casos:
- La movilidad intragrupo, es decir, los trabajadores de la empresa extranjera se ponen a disposición de una filial o de una sucursal establecida en Francia ;
- La ejecución de una prestación de servicios, es decir, los trabajadores de la sociedad extranjera se ponen a disposición directa del cliente en el marco de la ejecución de un contrato de prestación de servicios.
En ambos casos, se deberá:
DECLARAR PREVIAMENTE LOS TRABAJADORES DESPLAZADOS
Esta declaración debe realizarse a la “Direction régionale des entreprises, de la concurrence, de la consommation, du travail et de l’emploi” (DIRECCTE) de la región en el que vaya a desplazarse los trabajadores.
- Demostrar que la sociedad extranjera no ha sido creada con el único objetivo de desplazar trabajadores a los que se les pueda aplicar una ley laboral menos favorable.
Para ello, deberá aportarse la prueba que la sociedad extranjera ejerce una actividad significativa en el país de origen, justificando que está regularmente establecida en su país de origen y que su constitución y su dirección son conformes a la ley de ese país. - Garantizar que el vínculo contractual entre la empresa extranjera y el trabajador desplazado existe previamente y a lo largo de todo el desplazamiento.
- Nombrar un representante de la empresa extranjera en Francia que será el interlocutor con la administración francesa durante el tiempo de ejecución de la prestación.
OBTENER LOS PERMISOS DE TRABAJO NECESARIOS PARA TRABAJAR EN FRANCIA.
Respecto a esta obligación es necesario precisar que solamente los trabajadores desplazados desde un país no miembro de la UE y que no sean nacionales de la Unión Europea, necesitarán permisos de trabajo para ser desplazados a Francia.
Efectivamente, en aplicación del principio de libre circulación de los trabajadores, tanto los nacionales de la Unión Europea como los nacionales de países terceros desplazados desde una empresa legalmente establecida en un país miembro de la Unión Europea podrán beneficiar de una exención de permiso de trabajo.
Sin embargo, en este último caso, la exención de permiso de trabajo será posible a condición que se reúnan los criterios siguientes:
- Ser un trabajador habitual de la empresa comunitaria que los desplaza;
- Poseer un permiso de residencia otorgado por el país de la Unión Europea desde el que se desplaza el trabajador, en período de vigencia (y que no llegue a
expiración durante el periodo de desplazamiento); - Ser desplazado para ocupar el mismo empleo que se ocupa en el país de origen.
Los trámites para la obtención de los permisos de trabajo dependerán del tipo de desplazamiento realizado, es decir, si se trata de un desplazamiento intragrupo (a) o se trata de un desplazamiento en el marco de una prestación de servicios (b).
- Desplazamiento del trabajador en el marco de una movilidad intragrupo
Para poder obtener un permiso de trabajo para los trabajadores que se desean desplazar, más de tres meses, a una filial o una sucursal de la empresa extranjera en Francia, deberán cumplirse los requisitos siguientes:
- El trabajador desplazado debe haber trabajado para la empresa extranjera comomínimo durante los tres meses previos a la demanda de autorización.
- La misión de trabajador en Francia debe ser como mínimo de tres meses.
- El trabajador debe aportar a la empresa francesa a la que será desplazado conocimientos técnicos específicos.
- El trabajador deberá recibir en Francia una remuneración bruta como mínimo igual al
salario mínimo francés (según lo previsto por el convenio laboral aplicable en Francia) x 1,5.
En el caso en que se cumplan estos requisitos, la empresa deberá someter la solicitud de permiso de trabajo a la Direccte acompañada de varios documentos justificativos entre los que deberá figurar, entre otros:
- Una carta explicando la misión del trabajador y explicando las funciones que va ejercer en Francia;
- El currículum vitae o cualquier otro justificante de su calificación y experiencia profesionales;
- El contrato de trabajo inicial entre el trabajador desplazado y la empresa extranjera o documento equivalente que pueda justificar la antigüedad del trabajador en la empresa;
- La ficha del registro mercantil de la filial o la sucursal francesa que recibirá los trabajadores ;
- Los justificantes de los vínculos entre la filial o la sucursal francesa con la empresa extranjera.
Si la administración francesa responde favorablemente a la solicitud de permiso de trabajo, el consulado de Francia en el país donde esté domiciliada la empresa extranjera, remitirá al trabajador el contrato de trabajo visado por los servicios de inmigración y un permiso de
residencia de “salarié en mission” (trabajador en misión) de una duración de 3 años, renovable.
Una vez en territorio francés el trabajador desplazado deberá justificar anualmente que las
condiciones de contratación y remuneración siguen cumpliéndose. En el caso que no se sigan
cumpliendo los requisitos, a pesar de la duración de 3 años inicialmente autorizada, los
servicios de inmigración podrán retirar al trabajador el permiso de residencia.
- Desplazamiento del trabajador en el marco de la ejecución de una prestación de servicios
Si la empresa extranjera desea desplazar sus trabajadores a los locales del cliente francés en el marco de la ejecución de un contrato de prestación de servicios, deberán cumplirse los requisitos siguientes:
- el vínculo contractual entre la empresa extranjera y el trabajador desplazado debe existir previamente y a lo largo de todo el desplazamiento del trabajador. Lo que es lo mismo, el vínculo de subordinación con su trabajador desplazado a lo largo de la ejecución de la prestación.
- El sueldo del trabajador desplazado debe ser equivalente al de un trabajador francés por un mismo empleo.
En el caso en que se cumplan estos requisitos, la empresa extranjera deberá someter la solicitud de permiso de trabajo a la Direccte acompañada de varios documentos justificativos entre los que deberá figurar, entre otros:
- una carta explicando la misión del trabajador y explicando las funciones que va ejercer en Francia;
- un documento que justifique el precio que el cliente pagará por la prestación contratada.
Tras instrucción de la solicitud, el Consulado Francés del país donde esté implantada la empresa extranjera entregará al trabajador el contrato de trabajo visado por los servicios de inmigración y un visado de larga duración “travailleur temporaire” (trabajador temporal).
Este visado tiene una duración máxima de 12 meses. Sin embargo, cuando caduque, se podrá solicitar la renovación por un nuevo periodo de 12 meses, tras el cual se otorgará al trabajador un permiso de trabajo “travailleur temporaire” (y no un simple visado). Este permiso podrá renovarse por período de 12 meses, sin límite, durante toda la misión del trabajador desplazado.
Mayo de 2016
La finalidad de la presente nota es meramente informativa y no tiene en cuenta las particularidades que se pueden presentar en cada caso. Para una información completa y adaptada a su caso particular, se recomienda un asesoramiento profesional. Estamos a su disposición para aconsejarles jurídicamente y acompañarles en su proyecto específico de implantación o desarrollo de su actividad en Francia.